El libro de estilo de la publicación «Bella Lola», revista de ocio y cultura de la ciudad de Torrevieja, nace con la intención de guiar la actuación profesional del periodista o colaborador que participa en las publicaciones de este medio. En él se recogen una serie de principios generales y normas básicas que serán de obligado cumplimiento.
La principal función de este conjunto de preceptos, es evitar un funcionamiento incorrecto de la actividad informativa y contribuir al compromiso de nuestra vocación de ofrecer contenidos de calidad.
Entre los mandamientos que recoge el libro de estilo, destacan algunos de estos:
1. Las informaciones que se publiquen deben ser veraces. No deben estar basadas en rumores y conjeturas. Por esta razón queda prohibido publicar información que difunda la calumnia, la difamación o las acusaciones infundadas o mal documentadas.
2. Dejar separadas de forma clara las partes de información, opinión y publicidad.
3. Se fortalecerá el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Evitando la discriminación en el tratamiento. Así como también se debe respetar el derecho de autor, puesto que no se pueden publicar textos, fotografías, de otros medios y no decirlo expresamente.
4. Se corregirán los errores de fondo que se han publicado por culpa de informaciones fundamentadas en datos o hechos falsos. Se incluye aquí el no utilizar métodos ilícitos de búsqueda, como por ejemplo: la publicación de informaciones off the record, uso de cámara oculta,…
5. Se debe respetar el derecho de las personas a no ofrecer la información que no quieran revelar a los periodistas.
6. Un buen profesional no debe aceptar retribuciones orientadas a influir en la publicación de informaciones u opiniones.
7. Se deberá preservar la intimidad cuando se trate de menores y se someterán a un mayor rigor las informaciones en las que estén implicados.
8. El periodista deberá tener presente los límites a los que está sometido según la Constitución española, tales como: respeto a la intimidad, a la imagen personal y al honor de las personas.
9. Existencia del derecho profesional, por el cual el periodista está obligado a no revelar sus fuentes, las cuales hayan facilitado informaciones bajo condición de reserva.
10. El periodista está sometido al principio de cláusula de conciencia, que tiene como objetivo mantener y fomentar la dependencia profesional del periodista. Por otro lado el profesional debe regularse conforme a su conciencia o moral profesional, para no cometer el error de provocar dolor o perjudicar a un colectivo.